El gobierno de la provincia de Buenos Aires relajo la cuarentena para favorecer la actividad comercial. Las autorizaciones son más amplias en las zonas del interior, donde la aglomeración es inferior a los 500 mil habitantes. Por otro lado, el relajamiento es inferior en zonas de una mayor cantidad de habitantes que la mencionada, por ejemplo la zona del AMBA. Otras actividades, como la construcción, estarán autorizadas en toda la provincia, siempre que se apliquen los protocolos correspondientes.
Rubros habilitados para toda la provincia
En primer lugar, se habilitarán la actividad manufacturera como la construcción privada. Para ello, deberán cumplir “todos los parámetros epidemiológicos y sanitarios requeridos por la normativa nacional y provincial», se presenten estrictos protocolos sanitarios y de funcionamiento. Los municipios deberán realizar dichos controles. A su vez, las empresas deben garantizar el traslado de los trabajadores. No deben usar el transporte público.
Los comercios de cercanía corren la misma suerte. Estarán habilitados siempre que cumplan los protocolos de sanidad. Deben ser atendidos por sus dueños o por empleados que sean vecinos de la zona.
Rubros prohibidos solo en AMBA
Por otro lado, explicaron que “dada la alta capacidad de contagio de algunos servicios personales por la cercanía entre quien presta el servicio y el usuario”, algunas actividades especificas en la zona del AMBA.
• Servicios de alojamiento.
• Servicios de peluquería y estética.
• Venta minorista de productos textiles; prendas y accesorios de vestir; calzado; juguetes; artículos de esparcimiento y deportes: solo venta telefónica o por canales electrónicos, con entrega a domicilio;
• Servicios de comidas y bebidas: solo entrega a domicilio o retiro en el local.
Prohibiciones para todo el territorio de la provincia
• Dictado de clases presenciales
• Eventos públicos y privados.
• Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público que implique la concurrencia de personas.
• Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional.
• Actividades turísticas y apertura de parques, plazas o similares.