En cumplimiento con lo anunciado durante la Apertura de Sesiones Ordinarias del Congreso, el Gobierno nacional puso en vigencia la reforma migratoria con el objetivo de «ordenar y modernizar el sistema migratorio argentino». La medida modifica aspectos clave de la Ley de Migraciones N° 25.871 y de la Ley de Ciudadanía N° 346.
Cambios en el acceso a salud pública para extranjeros
Uno de los principales cambios recae sobre los residentes temporarios, quienes deberán contar obligatoriamente con un seguro de salud para ingresar y permanecer en el país. La falta de cobertura médica será motivo suficiente para denegar la entrada a Argentina. No obstante, se garantiza que ningún extranjero será privado del acceso a atención sanitaria de emergencia, sin importar su estatus migratorio.
Educación: gratuidad garantizada hasta secundaria y aranceles en el nivel superior
El decreto establece que los inmigrantes con residencia temporaria —incluso en situación irregular— tendrán derecho pleno a la educación inicial, primaria y secundaria. Sin embargo, para acceder a estudios superiores en universidades públicas, se autoriza el cobro de aranceles, aunque con posibilidad de acceder a becas nacionales e internacionales.
Requisitos para naturalización y acceso a la ciudadanía argentina
Las personas extranjeras mayores de 18 años que residan legalmente en Argentina por al menos dos años consecutivos podrán iniciar el trámite de naturalización. También se incorpora una vía rápida para inversores relevantes, cuya contribución a la economía nacional será evaluada por el Ministerio de Economía, sin requerimiento de tiempo mínimo de residencia.
Nuevas condiciones para el ingreso de extranjeros a Argentina
La normativa exige a los extranjeros que ingresen al país por pasos habilitados la presentación de una declaración jurada y un seguro médico contratado. Se establece la prohibición de ingreso a quienes tengan antecedentes penales por delitos dolosos graves, como homicidios, delitos sexuales, terrorismo, o corrupción.
La Dirección Nacional de Migraciones tendrá la facultad de denegar el ingreso si detecta documentación fraudulenta, sospechas sobre el motivo del viaje o si el extranjero figura en listas de restricciones vigentes. En caso de rechazo, se podrá aplicar una prohibición mínima de ingreso por cinco años.
Nuevas causales de expulsión y pérdida de residencia permanente
El decreto endurece el régimen de deportación: los extranjeros con residencia permanente podrán perder su estatus si cometen delitos dolosos, permanecen fuera del país por más de un año, o incumplen con las condiciones de permanencia legal. Para los residentes temporarios, el plazo fuera del país se reduce a seis meses.
También serán pasibles de expulsión quienes ingresen al país por vías no habilitadas, excedan el tiempo de estadía permitido, o desnaturalicen los motivos declarados de su ingreso. En todos los casos, se podrá solicitar una orden de retención antes de ejecutar la deportación.




