Nuevo DNU: estas son las medidas que regirán hasta el 1 de octubre

La norma que establece algunas flexibilizaciones en actividades recreativas y sociales fue publicado en el Boletín Oficial.

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El Decreto de Necesidad y Urgencia 494/2021, el cual establece un nuevo parámetro para la realización de actividades en contexto de pandemia, se publicó en el Boletín oficial. A través de la norma se establece la flexibilización de actividades recreativas y sociales, tal como había anunciado el presidente Alberto Fernández.

El documento expresa que queda permitida la práctica de «deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos en espacios cerrados», asimismo la concurrencia a «cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos”, todas actividades que se llevarán adelante “con un aforo del 70 por ciento».
En cuanto a las reuniones en domicilios particulares, la resolución detalla que pueden realizarse con la participación de «hasta 10 personas si se hacen en espacios interiores, y de hasta 20 si se realizan al aire libre». En tanto, las reuniones y actividades en espacios públicos pueden extenderse hasta 100 personas, sin embargo, «la autoridad jurisdiccional podrá disminuir el aforo» según los parámetros sanitarios y la situación epidemiológica.

Por otra parte, se habilitó la «realización de excursiones y actividades turísticas de acuerdo con los protocolos y normativa vigentes» en espacios abiertos y utilizando transportes que permitan la «ventilación exterior adecuada de manera constante y cruzada». Asimismo, los gobiernos provinciales y municipales podrán permitir la realización de viajes en grupos «de hasta 10 personas para salidas recreativas, sociales y comerciales», a depender de la situación epidemiológica particular de cada provincia o distrito.

Por último, el documento que lleva la firma del presidente, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y la de todos los ministros y las ministras del gabinete, asegura que se mantendrán las clases presenciales «dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas en las resoluciones del Consejo Federal de Educación».