El fallo fue dictado por el juez Raúl Ojeda en el marco de una acción colectiva presentada por la CGT contra el Estado Nacional.
La resolución ordena frenar de manera provisoria la aplicación de gran parte de la Ley 27.802, incluyendo artículos clave vinculados a indemnizaciones, condiciones laborales y actividad sindical.
Los artículos suspendidos de la ley son el 1, 3, 6, 9, 10, 13, 16, 17, 18, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 41, 42, 44, 43, 46, 47, 48, 50, 51, 53, 55, 56, 57 de la Ley 27.802.
La decisión judicial sobre la reforma laboral se apoya en la existencia de “indicios serios” de inconstitucionalidad y en el riesgo de generar daños irreparables si la norma entra plenamente en vigencia.
Uno de los puntos centrales del fallo es el “peligro en la demora”. El juez advirtió que aplicar la reforma laboral podría afectar a millones de trabajadores y generar situaciones difíciles de revertir, incluso si la ley fuera declarada inconstitucional más adelante.
Además, reconoció la legitimidad de la CGT para representar a los trabajadores en este tipo de reclamos, lo que refuerza el alcance de la medida cautelar.
La reforma laboral ya suma varios frenos judiciales: existen al menos otros cuatro fallos que suspenden artículos, lo que complica su implementación.
Desde el Gobierno sostienen que la reforma busca fomentar el empleo formal y atraer inversiones, pero la Justicia decidió priorizar el análisis constitucional antes de permitir su aplicación.





