La decisión, impulsada por el Ministerio de Capital Humano, busca modernizar el marco regulatorio y corregir las distorsiones que generaba el esquema anterior. Según el texto oficial, el sistema derogado obligaba a las escuelas a anticipar los precios del ciclo lectivo siguiente antes de noviembre de cada año, lo que derivaba en incrementos preventivos y desfasados respecto de la economía real.
Por qué se eliminó el decreto de 1993
De acuerdo con el Gobierno, el viejo régimen generaba un efecto contrario al esperado: al tener que anticipar los valores anuales, muchos colegios aplicaban aumentos por encima de la inflación proyectada para cubrirse de futuros costos.
En 2024, la inflación general fue de 117,8%, mientras que las cuotas escolares aumentaron un 169%, es decir, 44 puntos por encima del promedio. Para las autoridades, esa brecha refleja un sistema “que empujaba a los colegios a sobreactuar los incrementos por falta de flexibilidad”.
Con la derogación del decreto, los colegios podrán realizar ajustes graduales y justificados, lo que —según el Ejecutivo— permitirá estabilizar el gasto educativo de las familias y evitar aumentos desproporcionados.
Qué colegios están alcanzados por la medida
El nuevo esquema rige para colegios privados sin aportes estatales, un segmento que representa cerca del 6% del total de instituciones educativas del país, es decir, unas 2.000 escuelas distribuidas en todo el territorio nacional.
Estas instituciones ya no deberán presentar proyecciones de aumentos ni solicitar aprobación estatal antes de iniciar el ciclo lectivo. El cambio las alinea con el régimen vigente para universidades e institutos privados, que ya operan con libertad arancelaria.
El Gobierno argumenta que la medida “favorece la sostenibilidad de los establecimientos educativos y fortalece el derecho a una educación de calidad dentro de un entorno más competitivo y transparente”.
Qué pasará con las cuotas a partir de ahora
Con la nueva normativa, los colegios podrán modificar las cuotas a lo largo del año siempre que los incrementos estén vinculados a sus costos reales —como salarios docentes, mantenimiento o insumos—.
Ya no habrá obligación de comunicar los valores anuales en noviembre, ni se requerirá una autorización previa del Estado para aplicar subas. Cada institución definirá la frecuencia y magnitud de los aumentos según su estructura económica.
Para las familias, esto significa que el costo mensual de la educación privada podrá variar con mayor frecuencia, aunque el Gobierno sostiene que los ajustes serán más moderados y realistas que los aplicados bajo el sistema anterior.
Un nuevo marco regulatorio para la educación privada
El Ministerio de Capital Humano instruyó además a la Secretaría de Educación a revisar el Decreto N.º 2542/1991, con el objetivo de consolidar un esquema normativo moderno y coherente con la situación económica actual.





