La medida redefine la forma en que se trasladan a las tarifas las variaciones del precio del combustible que adquieren las distribuidoras para abastecer a los hogares y comercios.
Nuevos períodos para el ajuste del gas
De acuerdo con la resolución, el esquema volverá a dividirse en dos períodos estacionales:
- Período invernal: del 1 de mayo al 30 de septiembre
- Período estival: del 1 de octubre al 30 de abril del año siguiente
Estos períodos se utilizarán para aplicar las actualizaciones del precio del gas que luego se reflejan en los cuadros tarifarios del servicio.
La normativa modifica el Numeral 9.4.2.3 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, aprobadas originalmente por el Decreto 2255/1992, que regula el funcionamiento del servicio público de distribución de gas por redes.
Por qué se modificó el sistema
La decisión se basa en lo establecido por la Ley 24.076, que determina que el precio final que pagan los usuarios debe incluir el costo del gas que compran las distribuidoras.
La normativa también establece que las variaciones en ese costo deben trasladarse a la tarifa sin generar ganancias ni pérdidas para las empresas distribuidoras o transportistas, bajo el esquema definido por la autoridad regulatoria.
Según explicó la Secretaría de Energía, el sistema había sido modificado en 2018 para alinearlo con los cuadros tarifarios semestrales, pero ese criterio perdió relevancia tras la implementación del Precio Anual Uniforme (PAU), que fija un valor promedio anual del gas reconocido en la tarifa.
Impacto de la demanda estacional
Con el nuevo esquema, la estacionalidad regulatoria estará más vinculada al comportamiento de la demanda energética, que suele aumentar significativamente durante los meses de invierno.
En ese período, el consumo de gas crece por el uso de calefacción en hogares, comercios e industrias, lo que genera mayores costos en el sistema.
Cómo se aplicará la nueva normativa
La resolución también establece que las empresas distribuidoras deberán aceptar la modificación del esquema estacional.
En caso de que no exista una aceptación formal, el texto indica que se considerará aprobada automáticamente cuando las compañías presenten ante el ente regulador la primera solicitud de traslado del precio del gas a las tarifas utilizando la nueva periodicidad.
La medida fue firmada por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, y contó con la intervención de áreas técnicas y jurídicas del Ministerio de Economía.





