FakeNews: Decreto presidencial por whatsapp es falso

Ante la desesperación de muchas personas por saber que se anunciará a las 15 horas de hoy, se viralizó un supuesto decreto presidencial con medidas que se implementarían. La información es falsa.

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falso decreto presidencial con medidas del coronavirus

La pandemia tiene nerviosa la población en general. Las redes sociales tienen un papel protagonico en este momento, permiten informar pero a la vez desinformar. Es el caso de un supuesto decreto presidencial con una serie de medidas.

Se informa a la ciudadania que este supuesto decreto es falso. El gobierno va a anunciar las medidas a partir de las 15 horas. Cualquier información previa es dudosa o directamente falsa. A continuación, el detalle del supuesto decreto:

Gobierno decreta crisis nacional y cuarentena, no se podrá circular después 15:00 hs. a nivel nacional por coronavirus

El gobierno nacional emitió el decreto supremo mediante el cual decreta crisis sanitaria, emergencia y cuarenta de carácter nacional con aplicación en todo el territorio nacional, a partir de las 15:00 de este lunes y hasta el 31 de marzo ninguna persona podrá salir de su domicilio, existen excepciones.

Las medidas del falso decreto presidencial

CUARENTENA.- Todos los estantes y habitantes deberán permanecer en sus domicilios a partir de las 15:00 horas. Con excepción de personal autorizado.
II. Excepcionalmente y por razones de fuerza mayor o estado de necesidad, podrán circular fuera del horario establecido personas que necesiten atención médica.

MEDIDAS OBLIGATORIAS EN ACTIVIDADES COMERCIALES.- Queda prohibida toda apertura al público de locales y establecimientos. Con excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas sin contenido alcohólico, productos y bienes de primera necesidad. También establecimientos farmacéuticos y de salud.

MEDIDAS OBLIGATORIAS EN OTRAS ACTIVIDADES.- Queda prohibida toda actividad de orden social, cultural y religiosa.

JORNADA LABORAL EXTRAORDINARIA. La jornada laboral en entidades públicas y privadas se desarrollará en horario continuo de hora 08:00 a 14:00.

MEDIDAS DE ACCIÓN INMEDIATA). Los servidores, trabajadores y usuarios que presenten alza térmica (igual o mayor 38.5 grados), toz seca o dificultad respiratoria, y que hayan sido identificados por el personal de salud desplegado, serán trasladados a los establecimientos de salud.

HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL TRASPORTE.- El horario de funcionamiento del transporte público y privado se enmarcará en el horario establecido en el artículo 6 del presente Decreto Supremo: No podrán circular pasada las 15:00.

SUSPENSIÓN DE VIAJES.- Quedan suspendidos los viajes internacionales, interdepartamentales e interprovinciales a nivel nacional en el periódo que dure la declaratoria de emergencia.